Autorización de Residencia por Violencia de Género

Autorización de Residencia por Violencia de Género

En el caso de que una persona que resida en España y se encuentre en una situación irregular pero sufra de violencia de género, existe la posibilidad de pedir la autorización de Residencia por Violencia de Género. En el caso de que se tengan hijos o familiares debes saber que, si se encuentran en España en el momento en el que se lleva a cabo la denuncia, también pueden solicitar la residencia y, en el caso de ser mayores de 17 años, también permiso de trabajo.

Aquí te descubrimos los requisitos y la documentación para poder pedir la autorización de Residencia por Violencia de Género, así, podrás tener toda la información necesaria para llevar a cabo este trámite.

Requisitos para la autorización de Residencia por Violencia de Género

  • No ser ciudadana de la UE ni del Espacio Económico Europeo
  • Haber tramitado una denuncia por violencia de género. Se deberán aportar documentos como la orden de protección o el informe del Ministerio Fiscal
  • Para que la residencia sea definitiva es importante que la sentencia indique que la mujer ha sufrido de violencia de género

Documentos para la autorización de Residencia por Violencia de Género

Aquí te dejamos toda la documentación que deberás presentar si quieres poder pedir este tipo de residencia. Deberás aportar lo siguiente:

  • Modelo de la solicitud correctamente cumplimentado
  • Una copia del pasaporte en vigor
  • Documento en el que se indique que ha habido una denuncia de violencia de género emitida por la solicitante de la residencia: puede presentar el informa del Ministerio Fiscal o la sentencia condenatoria donde se especifique que la mujer ha sido víctima de violencia de género

Es importante remarcar que si se presentan documentos escritos en otro idioma, siempre deberán acompañarse con la traducción al castellano. 

Cuándo presentar la autorización de Residencia por Violencia de Género

  • En el caso de que el procedimiento no haya terminado, la autorización se puede presentar en cualquier momento en el que se tiene el informe del Ministerio Fiscal (pues se deberá presentar como documentación).
  • Si el procedimiento sí que ha terminado, el plazo para presentar la solicitud es de 6 meses de la sentencia.

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