Subsidio a madres trabajadoras sin período de cotización mínimo

Subsidio a madres trabajadoras sin período de cotización mínimo

Aquellas trabajadoras que se encuentren en situación de dar a luz y no cuenten con los requisitos mínimos de cotización exigidos para cobrar la prestación por maternidad, podrán solicitar este tipo de ayuda.

Se trata de una ayuda no contributiva por maternidad que se ofrece en aquellos casos en los que se reúnen casi todos los requisitos a excepción del de la cotización. En los casos de trabajadoras por cuenta propia se requiere que estén al corriente de pago de todas las cuotas a la Seguridad Social.

Una vez se da a luz, la madre tiene derecho a solicitar este subsidio, siempre y cuando cumpla con los requisitos, prescribiendo la posibilidad de solicitarlo a los 5 años tras el nacimiento.

Requisitos para solicitar el Subsidio a madres trabajadoras sin período de cotización mínimo

Estos son los requisitos indispensables que hacen falta para recibir esta ayuda:

  • Mujeres dadas de alta en la Seguridad social, ya sea por cuenta propia o ajena, que no cumplan con el período de cotización mínimo.
  • Las trabajadoras autónomas deberán estar al corriente de pago de las cuotas a la Seguridad Social.
  • Prestación de 42 días naturales en el momento del parto equivalente al 100% del IPREM que se encuentre vigente, salvo que las bases de cotización sean menores.
  • La duración es de 56 días en aquellos casos de familias numerosas, monoparentales, miembros con discapacidad de más del 65% o partos múltiples.

Documentación para solicitar el Subsidio a madres trabajadoras sin período de cotización mínimo

En cuanto a la documentación necesaria para solicitar este ayuda, sigue leyendo y saldrás de dudas:

  • Libro de familia y DNI.
  • Certificado de empresa.
  • En el caso de trabajadoras autónomas, justificantes de pago de las 2 últimas cuotas.
  • El informe de maternidad o el certificado por maternidad expedido por el Servicio Público de Salud o SPS.
  • Título de familia numerosa, si procede.
  • Certificado de discapacidad, si procede.
  • Resolución judicial en caso de tutela, acogida o adopción.

Más información

Tipo de Ayuda:

Organismo que la convoca:

Enlace a la Ayuda: PDF