Prestación económica por nacimiento o adopción en supuestos de família numerosa, monoparentales y madres discapacitadas

Prestación económica por nacimiento o adopción en supuestos de família numerosa, monoparentales y madres discapacitadas

Esta prestación económica por nacimiento o adopción  se trata de una prestación familiar no contributiva de pago único como consecuencia de la adopción o nacimiento de un hijo en los casos de familias monoparentales, numerosas y madres con una discapacidad igual o superior al 65%.
Requisitos para solicitar la prestación económica por nacimiento o adopción en supuestos de familia numerosa, monoparentales y madres discapacitadas

Requisitos para la prestación económica por nacimiento o adopción

Estos son los requisitos que hacen falta para poder optar a esta prestación económica. ¿Quieres tomar nota?

Unidades familiares (sin título de familia numerosa), cuyos ingresos máximos no puedan ser superiores a éstos:

  • En caso de tener 1 hijo, 12.552,58 euros/año.
  • Para 2 hijos, 14.264,85 euros/año.
  • Para 3 hijos, 15.977,12 euros/año.
  • Para 4 hijos, 17.689,39 euros/año.
  • Para 5 hijos, 19.401,66 euros/año.
  • Para 6 hijos, 21.113,93 euros/año.
  • Para 7 hijos, 22.826,20 euros/año.
  • Para 8 hijos, 24.538,47 euros/año.
  • Para 9 hijos, 26.250,74 euros/año.
  • Para 10 hijos, 27.963,01 euros/año.

Unidades familiares (con título de familia numerosa), cuyos ingresos máximos no puedan ser superiores a éstos:

  • En caso de tener 3 hijos, 17.423,84 euros/año.
  • Para 4 hijos, 20.246,02 euros/año.
  • Para 5 hijos, 23.068,20 euros/año.
  • Para 6 hijos, 25.890,38 euros/año.
  • Para 7 hijos, 28.712,56 euros/año.
  • Para 8 hijos, 31.534,74 euros/año.
  • Para 9 hijos, 34.356,92 euros/año.
  • Para 10 hijos, 37.179,10 euros/año.

Otros requisitos para solicitar esta ayuda

  • Nacimientos que se hayan producido en territorio español o cuya adopción se haya reconocido por la autoridad española competente.
  • En familias numerosas, el beneficiario será cualquiera de los progenitores o adoptantes. Si no hay acuerdo, la beneficiaria será la madre.
  • En familias monoparentales, el beneficiario será el progenitor que tenga a su cargo el hijo nacido o adoptado.
  • En el caso de madres discapacitadas, la beneficiaria será la madre que posea una discapacidad igual o superior al 65%.
  • Si los padres no conviven juntos y no existe acuerdo posible entre ellos:
  • La ayuda se concederá al progenitor según lo que dictamina la ley en base a la patria potestad.
  • Cuando existe un divorcio o separación, la ayuda irá a parar al progenitor que tenga a su cargo al menor.

Documentación para solicitar la prestación económica por nacimiento o adopción

Éstos son los documentos que se precisan para solicitar esta prestación económica:

  • Formulario de solicitud.
  • Documento de identidad, incluyendo los menores que hayan cumplido los 14 años.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento expedido en el Registro Civil.
  • En caso de separación o divorcio, sentencias y/o resoluciones judiciales de la situación actual.
  • Justificante de ingresos.
  • El título de familia numerosa o monoparental, si procede.
  • Certificado de discapacidad, si procede.

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