Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida

Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida

Los beneficiarios de la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida serán todas aquellas familias que lo soliciten, siempre y cumplan una serie de condiciones o requisitos determinados que te nombraremos a continuación.

Requisitos para solicitar la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida

Estos son los requisitos básicos que has de tener en cuenta si quieres solicitar este tipo de ayuda:

Unidades familiares (padre, madre e hijo o hijos) que convivan juntos y no superen los siguientes ingresos:

  • 3 miembros, 16.000 euros/año.
  • 4 miembros, 20.800 euros/año.
  • 5 miembros, 25.600 euros/año.
  • 6 miembros, 30.400 euros/año.
  • 7 miembros, 35.200 euros/año.
  • 8 miembros, 40.000 euros/año.
  • 9 miembros, 44.800 euros/año.
  • 10 miembros, 49.600 euros/año.

Además, también se deben cumplir estos otros requisitos:

  • En familias monoparentales se tendrá en cuenta el límite que corresponde a un miembro más, con un mínimo de 4.
    Cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida que sea igual o superior al 33%, deberá emplearse el coeficiente que corresponde a un miembro más.
  • Uno de los progenitores de la unidad familiar deberá haber residido de forma legal en Cataluña durante al menos 5 años.
  • En los casos en los que en la vivienda de una familia monoparental se encuentren empadronadas más personas, se deberá demostrar que no hay ningún tipo de vinculación familiar.
  • Deberá existir convivencia entre los progenitores al presentarse la solicitud.
  • Cuando exista un divorcio o separación, la ayuda será concedida al progenitor que se encuentre a cargo del menor.
    En custodias compartidas, cada niño tendrá derecho a una sola ayuda, por lo que se resolverá según el orden de presentación.
  • El título de familia numerosa o monoparental ha de encontrarse en vigor.

Documentación para solicitar la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida

Toma nota de la documentación necesaria para pedir este tipo de ayuda:

  • Formulario de solicitud.
  • Fotocopia y original del NIE de los solicitantes.
  • Fotocopia y original del libro de familia.
  • Fotocopia y original del certificado de residencia de uno de los solicitantes, siempre y cuando sean personas extranjeras de origen no comunitario. Este certificado deberá acreditar una residencia legal de 5 años. Se puede tramitar en la comisaría de la Policía Nacional, en oficinas de extranjería o en dependencias de la Dirección
  • General de la Policía y la Guardia Civil.
  • Título familia numerosa o monoparental.
  • Certificado de discapacidad, si procede.
  • Justificante de los ingresos.
  • Fotocopia y original de los certificados de residencia anteriores a 2006 que acrediten el empadronamiento en Cataluña de uno de los solicitantes durante 5 años.
  • No hará falta aportar documentación relativa al DNI o NIF, certificado de convivencia o empadronamiento en periodos posteriores a junio de 2006

Tipo de Ayuda:

Organismo que la convoca:

Enlace a la Ayuda: PDF